11 dic 2008

Cuento Chino u Manotazo de Ahogado




Como todos sabemos estamos a menos de un año de las elecciones legislativas, el Gobierno nuevamente quiere mostrarse con iniciativa, moviendo el mercado de la vivienda / créditos hipotecarios. La idea del núcleo duro de los ‘K’, ya testeado con algunos gobernadores y sindicatos: construir viviendas que no cuesten más de $300 mil, en parte financiado con dinero de la ANSeS, y con el dinero repatriado (proyecto de ley a punto de votarse).

Las cuotas no superarían los $3.000, pero el grupo familiar tendría que declarar ingresos por $7.000. El Banco Nación lideraría la operatoria, a la que se podrían sumar otros privados. Las tasas apenas llegarían al 7% según fuentes oficiales. Los mentores quieren impulsar viviendas algo más confortables y amplias que las viviendas de interés social (tipo FONAVI) construidas históricamente, aunque la nueva línea de créditos sería manejada por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.

Tomada de pelo ??
La gente normal ( la clase media trabajadora ) no sabe si creer o si es preferible no quedar como un negativo ‘mala onda’, pero recuerden... con lo que pagas de alquiler pagas la cuota de tu casa ( los bancos pedian como requisito aparte de los normales el grupo sanguineo y después te salian ofreciendo un hipotecario de ellos ).
Lo cierto es que el 2009 promete ser un año duro, por tanto el empresario inmobiliario, el constructor, proveedor de materiales, prefiere conservar algo de optimismo para aprovechar con buen ánimo las pocas oportunidades que se presenten.

5 dic 2008

Polémica resolución de la AFIP fue anulada por la Justicia

La Justicia anuló las resoluciones de la AFIP que obligaba a los administradores de consorcios a brindar información sobre cierto perfil de propietarios (los que pagaban expensas superiores a $600 o propietarios de terrenos de más de 400m2 en countries). En la mayoría de los casos los administradores se habían rehusado a brindar la info solicitada por el fisco, pero no habían recibido aún sanciones, salvo excepciones en Provincia de Buenos Aires.

El reclamo judicial había sido realizado por la Cámara de la Propiedad Horizontal, argumentando que la solicitud de la AFIP excedía las funciones específicas del Administrador. En tanto la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, aclaró en su fallo que ‘la obligación que se les impone a los administradores afecta y desvirtúa el ejercicio de su actividad’.

Los jueces Marta Herrera y Carlos Grecco cuestionaron el régimen de sanciones que imponía la resolución 2159 (publicada en el Boletín Oficial en nov-2006) con multas de hasta $10.000; y que la exigencia ‘incurre en un exceso y es irrazonable’.

Los datos que reclamaba la AFIP a los administradores: nombre y apellido o razón social de los propietarios o inquilinos, CUIT, CUIL o DNI, superficie cubierta, $ expensas de los últimos 6 meses, y los importes que abonó el propietario en ese período.

El revés judicial que tuvo la AFIP podría extenderse hacia la resolución que implantó el COTI, ya que para algunos juristas, posee un ‘notorio vicio de inconstitucionalidad’ (Art. 19 de la Constitución / derecho a la intimidad).